¿Qué
es la Conferencia Episcopal Española?
La Iglesia está al servicio de Jesucristo:
Camino, Verdad y Vida.
También la Conferencia Episcopal Española.
Esta "es una institución permanente integrada por los Obispos de
España, en comunión con el Romano Pontífice, para el ejercicio conjunto
de algunas funciones pastorales del Episcopado Español" (Estatutos,
Art 1,1), esto no quiere decir que sea una "gran diócesis"
que abarque a las demás; cada una tiene su autonomía.
Los documentos que perfilan el ser y
el actuar de las 113 Conferencias Episcopales, que hay actualmente en
el mundo, son: "Lumen Gentium" (23), "Christus Dominus"
(37-38), "Eclesiae Imago" (211), "Eclesiae Sanctae"
(41), "Apostolos Suos" y el Código de Derecho Canónico (cc.447-459).
La Conferencia Episcopal Española fue
constituida por rescripto de la Sagrada Congregación Consistorial, protocolo
N 1.047/64, del 3-10-1966. Goza de personalidad jurídica pública eclesiástica
(Art. 1,3) y civil en virtud del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos, del
3-1-1979, entre la Santa Sede y el Estado Español.
Su primer Estatuto fue aprobado por
la Asamblea Constituyente en el año 1966 y ratificado por el Papa Pablo
VI, ese mismo año, "ad quinquenium" (por cinco años). Obtuvo
el reconocimiento definitivo, el 5-2-1977, por decreto de la Sagrada
Congregación para los Obispos. Posteriormente, la LI Asamblea Plenaria
aprobó, el 23-11-1989, la modificación de algunos artículos, confirmada
por la Congregación para los Obispos mediante decreto del 5-2-1991.
La última renovación
fue aprobada por la LXXXII Asamblea Plenaria de la CEE (3-7 de mayo
de 2004) y confirmada por Decreto de la Congregación de Obispos
de 21 de junio de 2005.
Todos los Obispos españoles con cargo
pastoral tienen voz y voto en las Asambleas Plenarias; los Obispos Eméritos
(jubilados), sin cargo pastoral, solamente voz. Los cargos se eligen
por tres años, no pudiendo sobrepasar tres mandatos, excepto el Secretario
General que se elige para cinco años.