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¿Qué es la Conferencia Episcopal Española?

La Iglesia está al servicio de Jesucristo: Camino, Verdad y Vida.

También la Conferencia Episcopal Española. Esta "es una institución permanente integrada por los Obispos de España, en comunión con el Romano Pontífice, para el ejercicio conjunto de algunas funciones pastorales del Episcopado Español" (Estatutos, Art 1,1), esto no quiere decir que sea una "gran diócesis" que abarque a las demás; cada una tiene su autonomía.

Los documentos que perfilan el ser y el actuar de las 113 Conferencias Episcopales, que hay actualmente en el mundo, son: "Lumen Gentium" (23), "Christus Dominus" (37-38), "Eclesiae Imago" (211), "Eclesiae Sanctae" (41), "Apostolos Suos" y el Código de Derecho Canónico (cc.447-459).

La Conferencia Episcopal Española fue constituida por rescripto de la Sagrada Congregación Consistorial, protocolo N 1.047/64, del 3-10-1966. Goza de personalidad jurídica pública eclesiástica (Art. 1,3) y civil en virtud del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos, del 3-1-1979, entre la Santa Sede y el Estado Español.

Su primer Estatuto fue aprobado por la Asamblea Constituyente en el año 1966 y ratificado por el Papa Pablo VI, ese mismo año, "ad quinquenium" (por cinco años). Obtuvo el reconocimiento definitivo, el 5-2-1977, por decreto de la Sagrada Congregación para los Obispos. Posteriormente, la LI Asamblea Plenaria aprobó, el 23-11-1989, la modificación de algunos artículos, confirmada por la Congregación para los Obispos mediante decreto del 5-2-1991. La última renovación fue aprobada por la LXXXII Asamblea Plenaria de la CEE (3-7 de mayo de 2004) y confirmada por Decreto de la Congregación de Obispos de 21 de junio de 2005.

Todos los Obispos españoles con cargo pastoral tienen voz y voto en las Asambleas Plenarias; los Obispos Eméritos (jubilados), sin cargo pastoral, solamente voz. Los cargos se eligen por tres años, no pudiendo sobrepasar tres mandatos, excepto el Secretario General que se elige para cinco años.

 

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